|
las noticias más leídas
noticias INTERNET
España: una carta certificada suspenderá el servicio de Internet a los que descarguen obras protegidas sin autorización
29 de diciembre de 2008
![]() Proveedores de conexión, creadores y productores aprueban el Reglamento de Buenas Prácticas de los Proveedores de Internet presentado por Industria y Cultura. Además, la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, que tiene por objeto el establecimiento y supervisión de las obligaciones específicas que hayan de cumplir los operadores en los mercados de telecomunicaciones y el fomento de la competencia en los mercados de los servicios audiovisuales, da su respaldo al Reglamento. Se trata de un documento que recoge el procedimiento que deberán seguir los proveedores de acceso a Internet cuando se encuentren ante un caso de violación de los derechos de propiedad intelectual. MÁS PROTECCIÓN Finalmente, todos los actores que participan en la distribución de contenidos en Internet, se ponen de acuerdo en lo que significará el fin del intercambio masivo de obras protegidas, sin autorización del propietario.
* La puesta en marcha de una base de datos centralizada, gestionada por la CMT, donde se recopilarán los casos de infracción notificados. * Las organizaciones que gestionan los derechos de los autores deberán introducir en ella la información de la que dispongan respecto a cada caso, como datos acerca de la obra intercambiada, medio utilizado y direcciones IP afectadas. * Los ISP consultarán periódicamente esta base de datos, interpolando la información de cada caso con su base de datos de clientes. * Una vez identificado el infractor, el ISP comunicará mediante carta certificada al titular de la línea el uso ilegitimo que se está haciendo del servicio, instándole a solucionarlo cuanto antes. Este sistema evita las principales reticencias alegadas por las asociaciones de consumidores y usuarios, ya que las organizaciones que representan a los propietarios de los derechos, en ningún caso acceden a los datos personales de los usuarios infractores. Más bien es el ISP, el que a petición del denunciante, se pone en contacto con su cliente para notificarle la situación anómala. Este proceso es incremental, ya que si el ISP se encuentra con una tercera notificación para el mismo usuario, deberá suspender el servicio durante al menos un mes natural, reactivándolo de nuevo pasado este tiempo.
Tu nombre:
Correo electrónico del destinatario: Comentario adicional: Cancelar |
||||||||
|
|
||||||||